Acceso universal
Según la nueva Ley de Consumo, los servicios de atención al cliente de las empresas deberán ser accesibles
28/03/2014
Las oficinas y servicios de información y atención al cliente de las empresas serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos a personas con discapacidad o personas de edad avanzada, según dispone la reforma de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que ha publicado el Boletín Oficial del Estado.
Con esta modificación normativa, propuesta por el CERMI a los grupos parlamentarios y asumida en el trámite de este proyecto de ley, las empresas que tengan a disposición de sus clientes oficinas o servicios de información o atención han de incorporar criterios de accesibilidad universal, de forma que no se discrimine o excluya a las personas con discapacidad o de edad avanzada y se protejan sus derechos como consumidores.
Extender la accesibilidad a este tipo de oficinas y servicios permitirá que las personas con discapacidad y las personas de edad avanzada puedan ejercer más plenamente sus derechos en el ámbito del consumo, tanto a la hora de recibir y sopesar la información de las empresas respecto de sus productos y servicios, como cuando tengan que formular quejas y reclamaciones o hacer valer sus derechos por un trato inadecuado.
Las personas con discapacidad en su dimensión de consumidores presentan dificultades añadidas frente al resto de usuarios pues se enfrentan a entornos, productos y servicios no inclusivos que excluyen o discriminan en el acceso, por lo que necesitan una protección reforzada.